El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los terrenos de naturaleza urbana, popularmente conocido como plusvalía, es un impuesto municipal que grava el incremento que se produce en el valor de los inmuebles urbanos desde su compra hasta su venta. El importe a pagar por este tributo se calcula mediante una fórmula prevista en la ley.
Lo que no está previsto en la Ley es la posibilidad de que el precio de venta de un inmueble sea inferior a su precio de compra, por lo que independientemente de la ganancia o pérdida producida en la operación siempre existirá un importe a pagar por este impuesto. Pues bien, el Tribunal Constitucional en una reciente sentencia de 11 de mayo de 2017 ha declarado inconstitucional el Impuesto de la plusvalía en aquellos casos en los que el inmueble se haya vendido por un precio inferior al de compra. Por lo tanto desde ATC les recomendamos que si en los últimos años han vendido algún inmueble por un valor inferior al de adquisición reclamen la devolución del importe ingresado en el Impuesto municipal de la plusvalía. Póngase en contacto con nosotros y le informaremos sin ningún compromiso del procedimiento para solicitar la devolución.