Ayuda al alquiler. Como habrá leído en prensa, se ha aprobado una nueva ayuda de 250 euros mensuales, durante dos años, para aquellos jóvenes que deban hacer frente al alquiler de la vivienda o habitación en la que residen. Apunte.  Entre otros requisitos, se debe tratar de arrendatarios jóvenes de hasta 35 años cuyos ingresos anuales no sean superiores a tres veces el IPREM (24.318 euros, en 2022).

Obligados a declarar en IRPF. Pues bien, si conoce a algún joven que vaya a percibir esta ayuda, infórmele de que ello le obligará a presentar declaración de IRPF (aunque, por su volumen de rentas, hasta ese momento no haya estado obligado a declarar). ¡Atención!  Entre los supuestos que exigen presentar declaración de la renta, se encuentra el hecho de obtener ayudas públicas superiores a los 1.000 euros anuales, circunstancia que cumplirán todos aquellos que perciban la ayuda durante más de cuatro meses en un mismo año natural.

Ganancias. Este tipo de rentas deben declararse como ganancias patrimoniales en la base general del IRPF del año de su cobro, independientemente del momento en el que la administración autonómica (que es la que gestiona estas ayudas) notifique el acuerdo de su concesión.

Los arrendatarios que reciban el nuevo bono de alquiler joven deberán presentar declaración de IRPF por obtener ayudas públicas superiores a los 1.000 euros anuales.

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