Luis Alagarda Pesudo – Responsable del Área Fiscal nos recuerda:

«De cara al futuro, tenga presente la obligación de emitir sus facturas de forma electrónica. Tras la reciente publicación de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, en su artículo 12 se estipula que todos los empresarios y profesionales deberán emitir facturas electrónicas en sus operaciones con otros empresarios o profesionales. Por ello, tenga un recordatorio sobre este tema y prepárese para emitir sus facturas en este formato.

No obstante, para la obligación de emitir facturas de forma electrónica se han estipulado dos plazos de entrada en vigor (Disposición final Octava de la citada norma):

–        Empresas y otros profesionales cuya cifra de negocios supere los ocho millones de euros: un año desde la aprobación del reglamento.

–        Resto de empresas y profesionales: dos años desde la aprobación del reglamento.

Por ello, desde ATC servicios jurídicos y tributarios SLP le recomendamos que esté pendiente de los mencionados plazos para adaptarse a la nueva obligación de emisión de factura electrónica y así evitar imprevistos»

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