Boletín Semanal
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Fiscal
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La presentación de los modelos 172 y 173 no es obligatoria en el ejercicio de inscripción como proveedor de servicios de cambio de moneda virtual sino se ha iniciado aun la actividad
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No tributa por el ITPO la explotación de terrazas de bares instaladas en la calle autorizadas administrativamente
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Destacados
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Normativa
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Estatal
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R Tesoro y Financiación Internacional de 4 Feb. 2025 (actualiza Anexo 1 de la R Tesoro y Política Financiera de 4 Jul. 2017 define el principio de prudencia financiera en operaciones de endeudamiento y derivados de las CC.AA. y entidades locales) [BOE 8 de Febrero de 2025]
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Autonómica
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L 2/2025 de 6 Feb. CA Cataluña (modificación de la L 15/1984, del juego, y la L 6/2014, de modificación de la L 2/1989, de 16 Feb., sobre centros recreativos turísticos, y de establecimiento de normas en materia de tributación, comercio y juego) [DOGC 10 de Febrero de 2025]
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DL 1/2025 de 3 Feb. CA Canarias (modifica medidas autonómicas en el IRPF y la bonificación extraordinaria y temporal del precio final de combustibles derivados del refino del petróleo para el periodo 1-2 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025 [BOIC 4 de Febrero de 2025]
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Orden Hacienda y Administración Pública 6 feb. 2025, CA Extremadura (se fijan las condiciones y criterios de aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generale para 2024 en el ejercicio de 2025) [DOE 7 de Febrero de 2025]
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Orden Hacienda 4 Feb. 2025 CA Canarias (se fijan los índices, módulos y demás parámetros del régimen simplificado del Impuesto General Indirecto Canario para el año 2025) [BOIC 11 de Febrero de 2025]
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Orden HAP/130/2025, de 27 Ene. CA Aragón (modificación de la Orden HAP/1226/2017, de 7 Ago., por la que se regulan las obligaciones formales de los Notarios en el ámbito de los ITP y AJD y sobre Sucesiones y Donaciones) [BOA 10 de Febrero de 2025]
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Corrección de errores de la L 5/2024, de 27 Dic. CA Galicia (medidas fiscales y administrativas) [DOG 7 de Febrero de 2025]
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Foral
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Orden Foral Hacienda y Finanzas 71/2025, de 6 de Feb.Gipuzkoa (corrige error de Orden Foral 15/2025, de 13 Ene. que aprueba modelo 210 de declaración del IRPFNR) [BOG 11 de Febrero de 2025]
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Orden Foral Hacienda y Finanzas 68/2025, de 6 Feb. Gipuzkoa (aprueba nuevos modelos 583, 588 y 591 y determina forma y procedimientos de pesentación) [BOG 11 de Febrero de 2025]
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Orden Foral Economía y Hacienda 125/2024, 27 Dic. CA Navarra (modifica Orden Foral 41/2015, que aprueba el modelo 560 y Orden Foral 47/2015, aprueba el modelo 591) [BON 6 de Febrero de 2025]
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Orden Foral Hacienda, Finanzas y Presupuesto 13/2025, 16 Ene. Alava (modifica la Orden Foral 55/2022, que aprueba el modelo 560 Impuesto Especial sobre la Electricidad) [BOTHA 5 de Febrero de 2025]
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Orden Foral Economía y Hacienda 119/2024, 13 Dic. CA Navarra (desarrolla para el año 2025 el régimen simplificado del impuesto sobre el valor añadido) [BON 6 de Febrero de 2025]
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Doctrina
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DGT
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Consulta Vinculante V2178-24, de 11 de octubre de 2024 de la Subdirección General de Operaciones Financieras Dirección General de Tributos
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS FORMALES. Declaraciones informativas de los modelos 173 y 172 del ejercicio 2023. En el supuesto, si, como señala la interesada, en el año 2023, en el que se inscribió en el Registro del Banco de España de proveedores de servicios de cambio de moneda virtual por moneda fiduciaria y de custodia de monederos electrónicos, aún no había comenzado a realizar la actividad de cambio entre monedas virtuales y monedas fiduciarias, de forma que en dicho ejercicio no intervino en ninguna operación con monedas virtuales, ni mantuvo saldos en custodia de dichas monedas, no estará obligada a presentar las declaraciones informativas de los modelos 173 y 172, respectivamente, con respecto al indicado ejercicio.
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Jurisprudencia
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Resoluciones
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TEAC, R, 18 Oct. 2024, Rec. 6873/2022
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Devoluciones a no establecidos. No procede cuando existe establecimiento permantente. Presentación de facturas y documentación sobre un proyecto de obras. Carga de la prueba. En el caso, la recurrente no ha desvirtuado las afirmaciones realizadas por la Administración, por lo que se concluye que las obras de construcción controvertidas han tenido una duración superior a doce meses sin que proceda la devolución de las cuotas de IVA soportado por el procedimiento del art. 119 de la LIVA, debiendo acudir la reclamante al procedimiento general del art. 115 del mismo texto legal.
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Sentencias
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TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, S 1/2025, 7 Ene. 2025, Rec. 4830/2023
INTERÉS CASACIONAL. IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y AJD. Modalidad Transmisiones patrimoniales. Hecho imponible de los arts. 7.1.B) y 13.2 TRLITPyAJD. No lo hay en el uso especial del dominio público a través de la autorización municipal de instalación y explotación de terrazas para el ejercicio de actividad de restauración en la vía pública. La equiparación que efectúa el indicado art. 3.2 entre las concesiones administrativas -por las que se constituye un verdadero derecho real in re aliena, sobre el demanio- y las autorizaciones para el aprovechamiento especial de los bienes de dominio público (terrazas de establecimientos de hostelería en la vía pública)- debe ser interpretado en el sentido de que no todo aprovechamiento especial que recaiga sobre el demanio, por sí solo, origina un desplazamiento patrimonial a favor del autorizado, a efectos de su gravamen por el impuesto indicado.
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