Boletín Semanal
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Fiscal
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Exención de indemnizaciones por despido o cese del trabajador en IRPF
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Trabajos realizados en el extranjero. Exención por desplazamiento y empleadores distintos
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Aprobados los nuevos modelos 780 y 781 del Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones (Orden HAC/532/2025, de 26 de mayo)
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Medidas tributarias aprobadas por las Leyes de Presupuestos y Medidas de las Comunidades Autónomas para 2025
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Normas tributarias publicadas en el mes de mayo 2025
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Concepto de descendiente a efectos de aplicar la exención en IRPF de los rendimientos del trabajo en especie derivados del pago por la empleadora de seguros médicos
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Fusión de sociedades: para acreditar el cumplimiento por las intervinientes de sus obligaciones fiscales sólo han aportar el certificado de la AEAT
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Deducción en Sociedades por las retribuciones de los administradores-socios en supuestos en los que los estatutos establezcan la condición de administrador como no remunerada
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Destacados
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Normativa
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Estatal
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R AEAT 21 May. 2025 (modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario de los recibos del IAE del ejercicio 2024 relativos a las cuotas nacionales y provinciales y se establece el lugar de pago de dichas cuotas) [BOE 2 de Junio de 2025]
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Autonómica
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L 6/2025 de 30 May. CA Valenciana (presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2025) [DOCV 31 de Mayo de 2025]
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L 5/2025 de 30 May. CA Valenciana (medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat) [DOCV 31 de Mayo de 2025]
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Orden Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital 77/2025, de 29 May. CA Castilla-La Mancha (normas de elaboración de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2026) [DOCM 3 de Junio de 2025]
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Foral
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Ley 5/2025 de 22 May. CA País Vasco (modificación de la Ley 8/2024, de 20 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la CA Euskadi para el ejercicio 2025) [BOPV 30 de Mayo de 2025]
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O Foral 215/2025 de 2 Jun. CA País Vasco (modelos 760 y 761 Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras, Autoliquidación y Pago fraccionado, respectivamente, y condiciones y procedimiento presentación) [BOB 3 de Junio de 2025]
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Orden Foral Hacienda y Finanzas 204/2025 de 21 May. Bizkaia (fecha de publicación del listado de los deudores a la Hacienda Foral por deudas o sanciones tributarias que cumplan las condiciones del art. 94 ter de la Norma Foral 2/2005 de 10 Mar.) [BOB 30 de Mayo de 2025]
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Acuerdo Juntas Generales 21 May. 2025 Bizkaia (ratificación del DF Normativo 1/2025 de 16 abril, medidas tributarias en el Impuesto sobre el Valor Añadido) [BOB 3 de Junio de 2025]
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Doctrina
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DGT
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Consulta Vinculante V0288-25, de 17 de marzo de 2025 de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Dirección General de Tributos
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Base imponible. Rendimientos del trabajo en especie. Primas o cuotas satisfechas por la empresa a entidades aseguradoras para la cobertura de enfermedad del trabajador y sus familiares. Requisitos para aplicar la exención del art. 42.3 c) LIRPF. No hay ningún límite en función de la edad de los descendientes, que incluirán a los hijos, nietos o bisnietos del trabajador.
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Consulta Vinculante V2646-24, de 26 de diciembre de 2024 de la Subdirección General de Tributos Locales SGTL Dirección General de Tributos
IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS. Intermediación de la actividad de compraventa de ahorros energéticos. Actividad consistente en la compra de ahorros energéticos a personas físicas y jurídicas que realizan la inversión inicial para posteriormente vendérselos a sujetos delegados y obligados que participan en el sistema CAE. Clasificación en el epígrafe 831.9 de la Sección Primera de las Tarifas.
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Consulta Vinculante V2573-24, de 12 de diciembre de 2024 de la Subdirección General de Impuestos sobre el Consumo Dirección General de Tributos
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Tipo impositivo. Servicios de asesoría jurídica prestados a un Punto municipal del Observatorio Regional de Violencia de Género. Al tratarse de un servicio de asistencia social, tributa al tipo reducido del 10%.
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Jurisprudencia
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Resoluciones
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DGSJFP, R, 2 Abr. 2025
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Fusión impropia. Inscripción de la escritura. Cumplimiento del requisito de acreditar que las sociedadades intervinientes están al corriente de sus obligaciones tributarias. No es preciso aportar información fiscal de todas y cada una de las Entidades Locales o de las Comunidades Autónomas en las que la sociedad pueda tener diferentes establecimientos. Interpretación del art. 40.9 RD-Ley 5/2023 (que exige, como una de las menciones contempladas en el proyecto de fusión, la acreditación de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social) en el sentido de que al aludir a obligaciones tributarias hace referencia únicamente a las obligaciones fiscales con la Hacienda Pública estatal.
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TEAC, R, 23 Mar. 2022, Rec. 609/2019
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Régimen de consolidación. Beneficio fiscal, conocido como «patent box». Examen de la normativa aplicable a los ejercicos regularizados. Posibilidad de aplicación del beneficio fiscal en los casos de transmisión de activos intangibles entre entidades no vinculadas por un grupo comercial. La formalización de un arrendamiento financiero de un determinado activo no supone la transmisión de la propiedad del mismo. La entidad arrendadora puede disfrutar del incentivo (art 23.1 Ley 27/2014 LIS), puesto que, bajo la consideración de que lo hace es un arriendo, puede disfrutar del incentivo a plazos en función de la parte que de esa renta quepa atribuir a los distintos cobros que vaya haciendo.
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Sentencias
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TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, S 546/2025, 9 May. 2025, Rec. 6392/2022
INTERÉS CASACIONAL. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Ejercicio 2013. Retribuciones a administradores sociales. Examen de la evolución doctrinal de la noción de gasto deducible. No constituyen una liberalidad no deducible las retribuciones que perciben como administradores los también socios con una participación del 25% en la sociedad, por el hecho de que no estuvieran previstas en los estatutos sociales, siempre que el gasto esté contabilizado, correctamente imputado y justificado. Tampoco puede calificarse un gasto como donativo o liberalidad -art 14.1.e) del TRLIS- por la retribución a los administradores de la sociedad de servicios efectivamente prestados, si están directamente correlacionados con la actividad empresarial. CARGA DE LA PRUEBA. Compete a la Administración tributaria en los casos en que obstentando la doble condición de socio/administrador, considere que la retribución del administrador por la prestación de servicios oculta una retribución de los fondos propios, la carga de alegarlo y justificarlo, sin que la misma pueda inferirse, sin mayor prueba, de esa doble condición.
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AN, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 4ª, S, 25 Feb. 2025, Rec. 1203/2020
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Indemnización satisfecha por la relación laboral de alta dirección. Reducción. En el caso, dado que la objeción planteada por la Administración tributaria a la aplicación de la reducción descansa en la teoría del vínculo, como premisa básica y esencial de su razonamiento y que la referida teoría no resulta aplicable a las retribuciones percibidas por altos directivos que también son administradores sociales con ocasión de su cese, según la jurisprudencia aplicable, se acoge el motivo de impugnación y se reconoce el derecho de la recurrente a que se aplique la reducción del art. 18.2 de la LIRPF a la indemnización satisfecha por la relación laboral de alta dirección.
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TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, S 382/2025, 2 Abr. 2025, Rec. 8998/2022
INTERÉS CASACIONAL. INSPECCIÓN FINANCIERA Y TRIBUTARIA. Potestades y funciones de comprobación e investigación. Tras la modificación introducida en el art. 115 de la LGT, por la Ley 34/2015, de 21 sep., la Inspección puede calificar como simulado un negocio jurídico celebrado en un ejercicio prescrito durante la vigencia de la LGT. de 1963, pero cuyos efectos se proyectan en ejercicios no prescritos. Tras la Ley 34/2015, cuya aplicación en el caso examinado no se controvierte, y cualquiera que sea la fecha de celebración del negocio «calificado», se habilita a la Administración para el ejercicio retroactivo o «hacia atrás» de su potestad de comprobación, al haberse alterado el régimen legal de la prescripción como consecuencia de la separación de las facultades de comprobar y de liquidar. REITERA DOCTRINA STS 425/2024 de 11 mar. VOTO PARTICULAR.
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TSJ Canarias de Las Palmas de Gran Canaria, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 1ª, S 171/2024, 2 May. 2024, Rec. 515/2023
IMPUESTOS ESPECIALES. Nulidad de la liquidación girada en concepto de Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte. Se discute si el uso de embarcaciones por turistas en virtud de contratos suscritos por la entidad con empresas intermediarias puede considerarse alquiler a efectos de la exención del Impuesto conforme al artículo 66.1.f de la Ley 38/1992. La Administración entendía que no existía afectación exclusiva a alquiler por no haber contrato directo entre la empresa interesada y el usuario final, sino prestación de servicios a terceros. La Sala rechaza esta interpretación y confirma que los bienes estaban efectivamente afectos a la actividad de alquiler, mediando simples acuerdos de intermediación con agencias. No consta modificación sobrevenida de las circunstancias que motivaron la concesión inicial de la exención, por lo que su revocación vulnera el principio de confianza legítima. Nulidad de la sanción impuesta por falta de motivación y por concurrir una interpretación razonable de la norma.
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