Boletín Semanal
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Fiscal
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Medidas tributarias aprobadas por las Leyes de Presupuestos y Medidas de las Comunidades Autónomas para 2024
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¿Es pérdida patrimonial una estafa por internet?
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Trabajos realizados en el extranjero. Exención por desplazamiento y empleadores distintos
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Reducción por tributación conjunta. Guarda y custodia compartida
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Tributación del rescate en forma de capital de las aportaciones a la Mutualidad de la Abogacía
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El TC ratifica su anterior doctrina y anula el precepto de la LFHL de Navarra para la determinación de la base imponible de la plusvalía municipal mediante estimación objetiva
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Destacados
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Normativa
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Estatal
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R Tesoro y Financiación Internacional 5 Jun. 2025 (actualiza el Anexo 1 de la R. 4 Jul. 2017, define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales) [BOE 7 de Junio de 2025]
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R IGAE 30 May. 2025 (publica las «Operaciones de ejecución del Presupuesto del Estado y de sus modificaciones y operaciones de Tesorería» del mes de abril 2025) [BOE 6 de Junio de 2025]
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Autonómica
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DL 8/2025 de 10 Jun. CA Valenciana (medidas urgentes en materia de juego y en el ámbito tributario y económico-administrativo) [DOCV 11 de Junio de 2025]
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DLeg 1/2025, de 28 May. CA Aragón (texto refundido de los Impuestos Medioambientales) [BOA 9 de Junio de 2025]
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Orden 5 Jun. 2025 CA Andalucía (instrucciones de modelo 761 de Autoliquidación Semestral y anexo de especificaciones técnicas de fichero informático de modelo 762 de Declaración Anual de canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de interés) [BOJA 10 de Junio de 2025]
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Orden Hacienda y Administración Pública 4 Jun. 2025 CA Extremadura (normas para la elaboración de los Presupuestos Generales para el año 2026) [DOE 6 de Junio de 2025]
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Orden EYH/574/2025 de 2 Jun. CA Castilla y León (modificación de la Orden HAC/1338/2007, de 13 Ago., por la que se distribuyen las funciones del procedimiento sancionador tributario) [BOCL 9 de Junio de 2025]
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Foral
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Orden Foral Hacienda, Finanzas y Presupuestos 330/2025 de 4 Jun. Álava (modelos 200 y 220 de autoliquidación del IS y del IRNR para los periodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024) [BOTHA 11 de Junio de 2025]
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OF 226/2025 de 4 Jun. Bizkaia (presentación autoliquidaciones IS e IRNR, establecimientos permanentes y entidades régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en Bizkaia, periodos impositivos a partir 1 Ene. 2024) [BOB 6 de Junio de 2025]
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OF 244/2025, de 2 Jun. Gipuzkoa (modelo 760 «Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras.» y 761 «Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras) [BOG 5 de Junio de 2025]
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Comunitaria
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Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1132, 3 Jun. (modifica Reglamentos de Ejecución (UE) 2020/761 y (UE) 2020/1988 en lo relativo a los contingentes arancelarios de productos originarios de Ucrania en 2025) [DOUEL 5 de Junio de 2025]
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Doctrina
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DGT
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Consulta Vinculante V0385-25, de 20 de marzo de 2025 de la Subdirección General de Operaciones Financieras Dirección General de Tributos
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Ejercicio de la profesión de abogada por cuenta propia con alta en el sistema de previsión profesional de la Mutualidad de la Abogacía como régimen alternativo al RETA de la Seguridad Social. Base imponible. Reducciones. Rescate del capital acumulado. Si la prestación de la mutualidad se percibe en forma de capital, puede aplicarse la reducción del 40% a la parte de la prestación que corresponda a aportaciones realizadas hasta el 31 dic. 2006, pero siempre que hayan transcurrido más de dos años entre la primera y la fecha de acaecimiento de la contingencia y que la misma se perciba en el plazo de dos años.
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Consulta Vinculante V0256-25, de 5 de marzo de 2025 de la Subdirección General de Impuestos sobre el Consumo Dirección General de Tributos
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Hecho imponible. Prestación de servicios por una gestoría a nombre del cliente final de una concesionaria de vehículos. Repercusión del tributo. La gestoría deberá expedir factura correspondiente a los servicios que haya prestado al destinatario de los mismos, por lo que si el destinatario de estos servicios es el concesionario, la factura deberá expedirse a éste por los servicios prestados con repercusión del IVA. Situaciones donde la gestoría realiza pagos anticipados de tasas e impuestos para clientes, bajo mandato expreso. Si además presta servicios a los clientes adquirentes de los vehículos, deberá expedir la correspondiente factura a éstos, como destinatarios de los citados servicios, en las que no se incluirían el importe de las tasas e impuesto de matriculación que cumplieran los requisitos para ser considerados como suplidos siendo estos clientes y no el concesionario a los que la gestora está «supliendo» respecto del pago de las tasas e impuestos ante la Dirección General de Tráfico, aunque el importe sea satisfecho por el concesionario.
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Consulta Vinculante V0199-25, de 19 de febrero de 2025 de la Subdirección General de Impuestos sobre el Consumo Dirección General de Tributos
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Sujeción. Controles antidopaje. Agencia estatal que realiza recogidas de muestras de orina y sangre en competiciones deportivas a cambio de un precio público. Tales servicios están sujetos y no exentos, pues su finalidad no es mantener y proteger la salud, por lo que deberán tributar al tipo general del 21%.
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Jurisprudencia
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Resoluciones
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TEAC, R, 27 Mar. 2025, Rec. 4491/2021
INGRESOS INDEBIDOS EN MATERIA TRIBUTARIA. Denegación de la devolución solicitada mediante el procedimiento de rectificación de autoliquidaciones en relación con el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos. Cambio de criterio en sintonía con la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo. Sin demostrar la traslación del impuesto vía precios, no se considera fundada la solicitud. En el caso, examinado resulta acreditado en el expediente que la entidad reclamante soportó la repercusión legal del impuesto por lo que está legitimada para solicitar la devolución de las cuotas ingresadas en aplicación del tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos.
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TEAC, R, 27 Mar. 2025, Rec. 6193/2022
INGRESOS INDEBIDOS EN MATERIA TRIBUTARIA. Denegación de la devolución solicitada mediante el procedimiento de rectificación de autoliquidaciones en relación con el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos. Cambio de criterio en sintonía con la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo. Sin demostrar la traslación del impuesto vía precios, no se considera fundada la solicitud. En el caso, examinado resulta acreditado en el expediente que la entidad reclamante soportó la repercusión legal del impuesto por lo que está legitimada para solicitar la devolución de las cuotas ingresadas en aplicación del tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos. REITERA CRITERIO.
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Sentencias
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TC, Sala Segunda, S 98/2025, 28 Abr. 2025, Rec. 900/2023
IIVTNU (PLUSVALÍA MUNICIPAL). Cuestión de inconstitucionalidad en relación con el art. 175.2 de la Ley Foral 2/1995, de 10 mar., de Haciendas Locales de Navarra, -redacción vigente en abril de 2015-. El método de cálculo del incremento de valor del terreno urbano transmitido, regulado por el precepto foral, es análogo al declarado inconstitucional y nulo por la STC 182/2021. Establecer un sistema objetivo y de imperativa aplicación para la determinación de la base imponible del tributo es contrario al principio constitucional de capacidad contributiva. DOCTRINA REITERADA. Alcance y efectos de la declaración de inconstitucionalidad y nulidad. Son situaciones no susceptibles de ser revisadas las obligaciones tributarias devengadas por IIVTNU que, a la fecha de dictarse la STC, hayan sido decididas definitivamente mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada o mediante resolución administrativa firme; aquellas liquidaciones provisionales o definitivas no impugnadas a la fecha de dictarse la sentencia y las autoliquidaciones cuya rectificación no fue solicitada a dicha fecha. VOTO PARTICULAR
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TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, S 629/2025, 27 May. 2025, Rec. 3523/2023
INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS. Principio de responsabilidad. Pretendida diligencia necesaria de la sancionada que presenta el modelo 576 del IEDMT acogiéndose a la exención del tributo sin ajustarse a la realidad de su actividad. Indica actuar amparándose en una interpretación razonable de la norma. Se cuestionaba si el Programa INFORMA facilitado por la AEAT en su Sede Electrónica, goza de valor de actuación de información de las del art. 86 de la LGT a los efectos de que un contribuyente pueda invocar sus contestaciones como acreditación de una diligencia necesaria para evitar incurrir en una infracción tributaria conforme al artículo 179.2.d) LGT. INTERÉS CASACIONAL. No procede fijar doctrina legal. El criterio contenido en el programa INFORMA, sobre la exención del IEDMT, en los casos de empresas de alquiler que venden sus vehículos a otra empresa para su exportación, no se ha aplicado en ningún momento. La recurrente no puede ampararse en el contenido de dicho programa para justificar su ausencia de culpabilidad.
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TSJ Cataluña, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 1ª, S 2456/2024, 28 Jun. 2024, Rec. 325/2022
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Nulidad parcial de la liquidación girada. Existencia de simulación por sociedad interpuesta. No se aprecia la alegada falta de motivación de la culpabilidad en la comisión de infracciones del art. 191.1 de la LGT. Se confirma la naturaleza dolosa de la conducta por simulación, conforme a doctrina reiterada del Tribunal Supremo que señala que la simulación con fines defraudatorios es siempre dolosa, sin que sea aplicable la excepción de interpretación razonable para eximir responsabilidad sancionadora. Incorrecta determinación de la base de la sanción que debe calcularse como la diferencia entre lo dejado de ingresar por la persona física y lo ingresado por la sociedad interpuesta por las mismas rentas.
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TSJ Canarias de Las Palmas de Gran Canaria, Sala de lo Social, S 28/2025, 16 Ene. 2025, Rec. 1556/2024
JURISDICCIÓN SOCIAL. Excepción de falta de jurisdicción del orden social, con remisión al orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Se cuestiona la retención a favor de la Agencia tributaria, practicada por compañía aseguradora al abonar la indemnización pactada en convenio tras serle reconocida al trabajador una IPT derivada de enfermedad profesional.
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