Boletín Semanal de Información Contable-Mercantil

   
 
Medios Adecuados de Solución de Controversias MASC

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Excepciones oponibles al cesionario del crédito por el deudor cedido que consintió la cesión

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Uso del correo electrónico dirigido al demandado como medio adecuado de solución de controversias

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Destacados

Legislación más relevante

Estatal

RD 810/2025 de 16 Sep. (Reglamento del Fondo Español de Desarrollo Sostenible (FEDES, F.C.P.J.) [BOE 17 de Septiembre de 2025]

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R INE 4 Sep. 2025 (Convenio con Secretaría de Estado de Comercio, para acceso y uso de información del Registro de Inversiones Exteriores e intercambio de información sobre análisis realizados por la División Unidad de Grandes Empresas) [BOE 12 de Septiembre de 2025]

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Autonómica

Orden Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible 5 sep. 2025 CA Extremadura (se establece el procedimiento para el acceso a préstamos garantizados por el Instrumento Financiero de Gestión Centralizada de Garantía de Cartera) [DOE 15 de Septiembre de 2025]

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Europea

Regl. 2025/1125 UE, de 5 Jun. (completa Regl. 2023/1114 UE, de normas técnicas de información que debe incluirse en una solicitud de autorización para ofrecer al público fichas referenciadas a activos o para solicitar su admisión a negociación) [DOUEL 15 de Septiembre de 2025]

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Regl. 2025/1126 UE, de 5 Jun. (normas técnicas de ejecución para aplicación de Regl. 2023/1114 UE, de modelos de formularios, plantillas y procedimientos para información que debe incluirse en solicitud de autorización para ofrecer al público) [DOUEL 15 de Septiembre de 2025]

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Comunicación C/2025/5026, de 15 Sep. (Orientaciones relativas a los datos de los vehículos, que acompaña al Regl. 2023/2854 UE (Reglamento de Datos)) [DOUEC 15 de Septiembre de 2025]

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Comunicación C/2025/4990, de 12 Sep. 2025 (Directrices y modelo de presentación de informes elaborados con arreglo a artículo 5.5, artículo 6.6, y artículo 7.3, de Directiva 2022/2557 UE, relativa a la resiliencia de las entidades críticas) [DOUEC 12 de Septiembre de 2025]

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Foral

DF 87/2025 de 11 Sep. Bizkaia (bases de subvenciones y convocatoria para el desarrollo de la campaña «Bizkaia Repara 2025») [BOB 15 de Septiembre de 2025]

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DF 86/2025 de 11 Sep. Bizkaia (bases reguladoras concesión subvenciones para mejorar la protección de las explotaciones agrícolas y ganaderas frente a daños provocados por la fauna silvestre y convocatoria 2025) [BOB 15 de Septiembre de 2025]

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Consultas

ICAC

Consulta de Contabilidad núm. 1 del BOICAC 142 de junio 2025 Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas

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Consulta de Contabilidad núm. 2 del BOICAC 142 de junio 2025 Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas

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Jurisprudencia

DGSJFP

DGSJFP, R, 26 Jun. 2025

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Inscripción de escritura de declaración de unipersonalidad, aprobación de nuevos estatutos, cese de administradores, nombramiento de administrador y apoderamientos. Correcta definición del objeto social. Insignificancia de la discrepancia entre la denominación social que figura en el Registro y la que aparece en la nueva redacción de los estatutos. Irrelevancia de la omisión del paraje y de la expresión del código postal en el artículo estatutario referido al domicilio social. Innecesariedad, a efectos de inscribir la unipersonalidad sobrevenida, de la expresión del documento (notario, fecha y protocolo) en cuya virtud el socio único adquirió la totalidad de las participaciones. REGISTRO MERCANTIL. Inscripción parcial y calificación en Registros pluripersonales. Debió procederse a la inscripción parcial de la escritura por versar sobre acuerdos independientes y haberse solicitado expresamente. Cumplimiento de la preceptiva comunicación de la calificación al resto de cotitulares anterior a la interposición del recurso e incumplimiento del deber de realizar una segunda comunicación sobre la existencia del recurso. Improcedencia de la retroacción de actuaciones.

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DGSJFP, R, 9 Jul. 2025

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Administrador solidario. Renuncia al cargo. Se deniega la inscripción de la escritura. No se ha cumplido el requisito de notificación fehaciente al domicilio inscrito de la sociedad. Al haber sido infructuoso el intento de notificación por correo con aviso de recibo (consta devuelto a origen por sobrante), debe acreditarse el intento de notificación presencial conforme al art. 202 del Reglamento Notarial. Además, no se acredita la previa convocatoria por el renunciante (único administrador vigente) de la junta general en la que figure en el orden del día la provisión del cargo. El hecho de que el conocimiento de la renuncia y su remedio se puede dilatar durante un largo período de tiempo con el consiguiente perjuicio para los intereses sociales, justifica la exigencia de que el renunciante, en ejercicio de los deberes que como administrador asumió en su día, convoque a la junta para que provea al respecto evitando la paralización de la vida social y los riesgos para su adecuada marcha que de tal situación puedan derivarse.

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Sentencias

TS, Sala Primera, de lo Civil, S 1123/2025, 15 Jul. 2025, Rec. 1968/2020

CESIÓN DE CRÉDITOS. Demanda de reclamación de cantidad formulada por el cesionario contra el deudor cedido. Desestimación. La prestación del consentimiento a la cesión del crédito por parte del deudor no le priva de la posibilidad de plantear determinadas excepciones frente al cesionario. En el caso de autos, el deudor, cuando se le pidió que consintiera en la cesión del crédito, no pudo objetar que las mercancías a cuyo precio correspondía el crédito cedido no le habían sido entregadas porque todavía no había llegado la fecha prevista para la entrega. En consecuencia, no existe una conducta objetivamente valorable del deudor que le imponga un comportamiento futuro consistente en no formular esa excepción frente a la reclamación del pago del precio de las mercancías. Era el cesionario quien debía haberse informado de que el crédito cedido correspondía a una relación obligatoria sinalagmática en la que ambas prestaciones se encontraban pendientes de cumplimiento.

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AP Alicante, Sección 8ª, A 48/2025, 18 Jul. 2025, Rec. 111/2025

PROCESO CIVIL. Indebida inadmisión de la demanda. Uso de un medio adecuado de solución de controversias, el correo electrónico dirigido al demandado con una oferta vinculante. La dirección de destino no es una dirección cuyo titular resulta en todo punto ignorado, pues en la demanda se identifica como el correo electrónico de los demandados. De tener el juez a quo dudas acerca si la dirección electrónica de envío era la empleada como cauce de comunicación por los demandados con la actora, lo procedente, en lugar de inadmitir la demanda, hubiera sido conceder un plazo a la parte para su aclaración y acreditación. Lo que no cabe es presumir que el empleo de ese medio es arbitrario e improvisado, pues precisamente lo normal es el uso del correo electrónico como medio o canal habitual de intercambio de comunicaciones.

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Boletín Semanal

Fiscal

 
   
Tipos de gravamen de la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas del ITP y AJD en las distintas Comunidades Autónomas. Operaciones inmobiliarias

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Tipos de gravamen de la modalidad de Actos Jurídicos Documentados del ITP y AJD en las distintas Comunidades Autónomas. Operaciones inmobiliarias

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La DGT interpreta el concepto “transacciones” a efectos de la infracción relativa a la comercialización y tenencia de software que incumpla la normativa tributaria

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La venta de un inmueble a cambio de bitcoins constituye una permuta sujeta al IRPF y al ITP

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El procedimiento de Inspección tributaria común cuenta con las garantías suficientes para la adición de bienes en el caudal hereditario a efectos de Sucesiones

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Deducción en el IVA por suministros de vivienda compartida con el despacho profesional: la distinta apreciación de los hechos por los órganos judiciales debe ser motivada

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Destacados

 

Normativa

 

Estatal

 
Orden HAC/974/2025 de 1 Sep. (normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 2026) [BOE 3 de Septiembre de 2025]

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R Tesoro y Financiación Internacional de 3 Sep. 2025 (actualiza el Anexo 1 R. 4 Jul. 2017, Tesoro y Política Financiera, define el principio de prudencia financiera aplicable a operaciones de endeudamiento y derivado de las CCAA y entidades locales) [BOE 6 de Septiembre de 2025]

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Autonómica

 
Orden Hacienda 8 Ago. 2025 CA Galicia (modificación de la Orden 10 Dic. 2019, procedimiento y condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas, y de la Orden 21 Jun. 2006, procedimientos de gestión recaudatoria) [DOG 5 de Septiembre de 2025]

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Doctrina

 

DGT

 
Consulta Vinculante V0849-25, de 20 de mayo de 2025 de la Subdirección General de Tributos Dirección General de Tributos

INFRACCIONES TRIBUTARIAS. Fabricación, producción, comercialización y tenencia de sistemas informáticos utilizados para soportar los procesos contables, de facturación y de gestión empresarial que no cumplan las especificaciones exigidas por la normativa tributaria. Interpretación del término «transacción» previsto en el art. 201 bis LGT, entendido como cualquier operación de negocio susceptible de ser objeto de registro en un sistema o programa informátivo.

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Consulta Vinculante V0935-25, de 27 de mayo de 2025 de la SG de Operaciones Financieras Dirección General de Tributos

IRPF. Ganancias y pérdidas patrimoniales. Venta de un inmueble a cambio de bitcoins. Permuta. Determinación de la alteración patrimonial por diferencia entre el valor de adquisición del bien y el que se mayor de los dos valores: el de mercado del bien que se entrega o el de mercado del bien que se recibe. ITPO. Cada uno de los permutantes deberá tributar por el valor comprobado de lo que adquiera, salvo que el declarado sea superior.

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Consulta Vinculante V0719-25, de 15 de abril de 2025 de la Subdirección General de Impuestos sobre el Consumo Dirección General de Tributos

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Tipo impositivo. Ejecuciones de obra. La aplicación del tipo reducido previsto en el artículo 91.Uno.1.3º de la Ley 37/1992 a las ejecuciones de obra de construcción o rehabilitación de viviendas en las condiciones señaladas no queda condicionada a la existencia de cédula de habitabilidad, licencia de ocupación o autorización semejante puesto que, como señala el Tribunal Supremo, la aptitud de la utilización como vivienda de una edificación se desprende de las características objetivas del diseño y construcción de la misma, en conjunción con el destino legal posible en cuanto debe estar dedicado a satisfacer la necesidad de vivienda. Por consiguiente, el tipo aplicable a las ejecuciones de obra objeto de consulta será el del 10 por ciento previsto en el artículo 91.Uno.3.1º de la Ley del Impuesto en la medida en que, según parece inferirse de la información aportada, se cumplirían los requisitos previstos para su aplicación.

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Jurisprudencia

 

Resoluciones

 
TEAC, R, 24 Jun. 2025, Rec. 1522/2022

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES. Rendimientos del capital inmobiliario. Pretensión de deducción de gastos por saldos de dudoso cobro, rentas impagadas. La solicitud de rectificación de autoliquidaciones se rechaza. La denegación se basa en la consideración de que las cantidades exigibles tras la interposición de demanda por impago tienen la naturaleza de ingreso como rendimiento inmobiliario a imputar al período impositivo en que sean exigibles por su perceptor, sigue doctrina STS 1467/2021, de 14 dic.

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TEAC, R, 22 Abr. 2025, Rec. 5209/2021

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES. Denegación de devoluciones de retenciones de dividendos solicitadas ante la existencia de previas solicitudes del mismo tipo de renta agrupadas anualmente, con el mismo pagador, y al mismo tipo de gravamen. La presentación de dos declaraciones modelo 210 correspondientes al mismo ejercicio cuando se ha elegido la opción de acumular rentas anualmente no resulta posible. Si en la primera declaración presentada no fueron incluidas todas las rentas y sus respectivas retenciones, como alega la reclamante, el obligado tributario tendría la posibilidad de solicitar la rectificación de la primera declaración. Retenciones corregidas en comprobación limitada. Se reconoce el derecho a la devolución de las retenciones efectivamente soportadas por considerar que la entidad extranjera es comparable a los fondos de pensiones españoles y los certificados aportados cumplen los requisitos reglamentariamente establecidos.

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Sentencias

 
TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, S 933/2025, 9 Jul. 2025, Rec. 5503/2023

INSPECCIÓN FINANCIERA Y TRIBUTARIA. ACTUACIONES INSPECTORAS. Regularización del Impuesto sobre Sucesiones: adición de bienes en el caudal hereditario. No debe tramitarse el procedimiento especial previsto en el art. 93 del RISD, cuando la Administración tributaria pretenda, en el seno de un procedimiento de inspección, adicionar bienes a la masa hereditaria, en virtud de la facultad reconocida para tal adición en el art. 11 de la LISD y exista oposición de los interesados a dicha incorporación. El procedimiento específico indicado está previsto para los órganos de gestión. La adición en el seno de un procedimiento de inspección cuenta con todas las garantías y derechos previstos en el mismo. ESTABLECE DOCTRINA.

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TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, S 976/2025, 15 Jul. 2025, Rec. 5342/2023

PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA. Unos mismos hechos no pueden existir y dejar de existir para los Tribunales de Justicia. Cuando resulta que, en principio, la resolución que un órgano judicial va a dictar puede ser contradictoria con la ya dictada por el mismo órgano judicial o por otro órgano judicial distinto, el que pronuncia la segunda sentencia debe exponer las razones por las cuales, a pesar de las apariencias, tal contradicción no existe a su juicio, o por qué valora la prueba de una forma diferente. Sigue reiterada doctrina del Tribunal Constitucional. IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Deducción del IVA soportado. Cambio injustificado de apreciación de hechos en sentencias sucesivas. Procede la deducción de un 50% de las cuotas del IVA soportadas en los suministros de inmuebles usados parcialmente para la actividad económica de la reclamante.

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TSJ Illes Balears, Sala de lo Contencioso-administrativo, S 419/2024, 11 Sep. 2024, Rec. 603/2021

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Confirmación de la liquidación girada. Tratamiento fiscal de la pensión que recibe la interesada calificada por el organismo pagador extranjero como pensión por incapacidad permanente absoluta. Interpretación del artículo 7 f) de la LIRPF. No procede la exención automática por el reconocimiento de una pensión de invalidez en Suiza, al no equipararse directamente con la incapacidad permanente absoluta del sistema español. La calificación de esta situación corresponde al INSS, debiendo el interesado aportar pruebas suficientes que acrediten la equivalencia. La normativa de la Unión Europea no se opone a que España someta al solicitante a examen médico para determinar el grado de invalidez a efectos fiscales, debiendo valorar también los informes del país de origen. En el caso, la documentación aportada muestra que la pensión deriva de una incapacidad permanente parcial y posteriormente de jubilación, por lo que no procede la exención debatida.

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TSJ Andalucía de Málaga, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 3ª, S 2537/2024, 10 Oct. 2024, Rec. 624/2022

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Nulidad de la resolución que desestima la reclamación económico-administrativa interpuesta frente a la liquidación girada. Las limitaciones del derecho a deducir el IVA vienen determinadas por la entrega de bienes o la prestación de servicios en el desarrollo de una actividad empresarial, correspondiendo al sujeto pasivo probar la efectividad y necesidad de los gastos cuya deducción pretende. Se declara como situación jurídica individualizada el derecho de la recurrente a la devolución de las cuotas de IVA soportado del ejercicio 2019. Se aprecian en el caso serias dudas de hecho que han sido disipadas con la documentación aportada a los autos que no tuvieron oportunidad de ser valoradas, por ser de fecha posterior, ni la oficina gestora ni el órgano revisor, por lo que no se hace expreso pronunciamiento en costas.

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