Boletín Semanal de Información Contable-Mercantil

   
 
El EFRAG evaluará el interés en un posible nuevo modelo de información voluntaria de la UE para pymes y empresas emergentes

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Consulta pública del EFRAG sobre los borradores de las normas simplificadas: vídeos informativos

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Aproveche las bonificaciones municipales para empresas

Redacción

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Denegación de la asignación de un número de registro de alquiler de corta duración turístico a una finca «en construcción»

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El TJUE legitima las demandas contra Banco Santander, por productos financieros del Banco Popular, formuladas antes de la resolución de esta entidad

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Destacados

Legislación más relevante

Estatal

RD-ley 10/2025 de 23 Sep. (se adoptan medidas urgentes contra el genocidio en Gaza y de apoyo a la población palestina) [BOE 24 de Septiembre de 2025]

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R Entidad Pública Empresarial Red.es 3 Sep. 2025 (tercera Adenda de modificación del Convenio con la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, para regular las condiciones de la colaboración en el programa Kit Digital) [BOE 22 de Septiembre de 2025]

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Orden Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes PJC/1030/2025, 12 Sep. (contabilidad analítica y la separación de cuentas de los operadores postales) [BOE 20 de Septiembre de 2025]

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R Banco de España 7 Sep. 2025 (se publican determinados tipos de interés oficiales de referencia del mercado hipotecario) [BOE 18 de Septiembre de 2025]

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Autonómica

D 11/2025 de 1 Sep. CA Valenciana (bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la economía local en los municipios en riesgo de despoblamiento en el ámbito) [DOCV 24 de Septiembre de 2025]

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Europea

Regl. 2025/1496 UE, de 12 Jun. (modifica Regl. 575/2013 UE, en lo que respecta a la fecha de aplicación de los requisitos de fondos propios por riesgo de mercado) [DOUEL 19 de Septiembre de 2025]

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Orientación 2025/1889 UE, de 31 Jul. (modifica la Orientación 2022/912 UE; sobre el sistema automatizado transeuropeo de transferencia urgente para la liquidación bruta en tiempo real de nueva generación (TARGET) (BCE/2022/8) (BCE/2025/28)) [DOUEL 19 de Septiembre de 2025]

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Consultas

ICAC

Consulta de Contabilidad núm. 3 del BOICAC 142 de junio 2025 Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas

NORMAS DE REGISTRO Y VALORACIÓN. Ayudas para la adquisición de las participaciones de dos sociedades a las que posteriormente se absorbieron. Cuentas anuales. Balance. La operación de concesión de las ayudas por parte del proveedor («La Marca») al cliente (la sociedad «A»), para la adquisición de los negocios de «B» y «C», cuya finalidad es la ampliación del negocio de la sociedad «A», genera en el proveedor («La Marca») un activo, y en el cliente (la sociedad «A») un pasivo, que podrá registrar mediante una cuenta del subgrupo 18 y que figuran en el epígrafe del balance de periodificaciones a largo plazo. Cuenta de pérdidas y ganancias. De ser posible identificar un número de unidades vendidas por el concesionario de la marca, asignándole la reducción del coste, el concesionario adquirente, imputará en la cuenta indicada en función de las unidades vendidas. De no ser así se asignará las cantidades recibidas a cada uno de los elementos adquiridos mediante la absorción de los negocios de «B» y de «C», imputando en la cuenta de pérdidas y ganancias en función del consumo o baja de cada uno de esos elementos, tomando como fecha de efectos contables la de la fusión.

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Consulta de Contabilidad núm. 4 del BOICAC 142 de junio 2025 Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas

PLAN GENERAL CONTABLE. Cuentas anuales. Suspensión de plazos para formular cuentas anuales consolidadas en el caso de un grupo de sociedades en el que algunas de las sociedades dependientes tengan su domicilio social en municipios afectados por la DANA. Pese a que la literalidad del artículo 33 del Real Decreto-ley 8/2024, de medidas urgentes, vincule tal suspensión al domicilio social de la persona jurídica obligada a formular las cuentas anuales el ICAC interpreta que las mencionadas cuentas anuales consolidadas podrían acogerse a la suspensión para la formulación de las cuentas anuales consolidadas del precepto indicado.

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Jurisprudencia

DGSJFP

DGSJFP, R, 16 Jul. 2025

REGISTRO MERCANTIL. Levantamiento del cierre de la hoja registral de varias sociedades. Revocación de la negativa del registrador. Presentación de certificaciones en las que se pone de manifiesto que las cuentas anuales no han sido aprobadas por no haber sido formuladas. El cierre del Registro únicamente procede para el caso de incumplimiento de la obligación de depositar las cuentas anuales, y no por el hecho de que no hayan sido aprobadas o porque los administradores no las hayan formulado

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DGSJFP, R, 10 Jul. 2025

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Denegación de la inscripción de acuerdos de modificación de los estatutos sociales recogidos en el acta notarial de la junta general. El acuerdo de modificación de estatutos debe hacerse constar en escritura pública. El principio de legalidad está fundado en una rigurosa selección de los títulos inscribibles sometidos a la calificación del registrador. Ha de exigirse el documento público congruente con la naturaleza del acto inscribible conforme a lo establecido en la Ley.

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Sentencias

DGSJFP, R, 11 Jul. 2025

REGISTRO DE LA PROPIEDAD. Denegación de la asignación de un número de registro de alquiler de corta duración turístico por figurar la finca en el Registro como «en construcción». La asignación del número de registro de alquiler de corta duración exige la previa constancia registral de la terminación de la obra. La unidad objeto de comercialización y oferta ha de ser un alojamiento amueblado que pretende ser objeto de alquiler de corta duración. Del mismo modo el identificador número de registro único ha de permitir la identificación exacta de la unidad en cuestión.

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TJUE, Sala Primera, S, 11 Sep. 2025, C-687/2023

BANCA. Suscripción de un producto financiero canjeable por acciones del Banco Popular. Demanda de nulidad por vicio del consentimiento y, subsidiariamente, de responsabilidad por incumplimiento del deber de información, dirigida contra Banco Santander, sucesor universal del Banco Popular tras la resolución de esta entidad. CUESTIONES PREJUDICIALES. Los arts. 34.1 a) y b), 53.1 y 3 y 60.2, párrafo primero, b) y c) de la Directiva 2014/59/UE, de 15 de mayo de 2014, sobre recuperación y resolución de entidades de crédito, deben interpretarse en el sentido de que no se oponen a que los derechos derivados de acciones como las ejercitadas en el caso de autos se consideren incluidos en la categoría de obligaciones o reclamaciones «vencidas» o pasivos «ya devengados» en el momento de la resolución de la entidad de crédito de que se trate, cuando esas acciones se hayan ejercitado antes de la amortización total de las acciones del capital social de la entidad de crédito en el marco del procedimiento de resolución.

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Boletín Semanal

Fiscal

 
   
Deducciones autonómicas en IRPF por inversión en vivienda habitual. Ejercicio 2025

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Deducciones autonómicas en IRPF por arrendamiento de vivienda. Ejercicio 2025

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Una compañía aérea no puede retrasar la expedición de una factura por la reserva pagada anticipadamente de un vuelo hasta que se efectúe el último trayecto incluido en la misma

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La defensa jurídica que un abogado se presta a sí mismo no está sujeta a IVA

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La prestación por incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales que recibe un alumno en prácticas también está sujeta a IRPF

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La AN admite la rectificación de una autoliquidación por IRNR extendiendo la posibilidad de deducción por gastos del artículo 24.6.1a) TRLIRNR a las rentas de un estadounidense

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No hay conducta culpable ni sancionable por la presentación del IRPF calificando una renta como exenta al amparo del artículo 7.e) LIRPF siguiendo el certificado del antiguo empleador

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Destacados

 

Normativa

 

Estatal

 
Orden PJC/1000/2025 de 10 Sep. (modifica la Orden PRE/3581/2007 de 10 Dic. por los departamentos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y se les atribuyen funciones y competencias) [BOE 13 de Septiembre de 2025]

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Autonómica

 
Orden Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital 128/2025, de 4 Sep. CA Castilla-La Mancha (desarrolla estructura y competencias y dicta otras normas en materia tributaria) [DOCM 15 de Septiembre de 2025]

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R Economía, Hacienda e Innovación 12 sep 2025, CA Illes Balears (actualización de las bases, los tipos de gravamen y las cuotas tributarias de las tasas para el año 2025) [BOIB 16 de Septiembre de 2025]

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Doctrina

 

DGT

 
Consulta Vinculante V0801-25, de 8 de mayo de 2025 de la Subdirección General de Impuestos sobre el Consumo Dirección General de Tributos

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Obligaciones formales. Facturación. Consecuencias del retraso en la expedición de la factura por la reserva de un vuelo hasta que se ha efectuado el último trayecto incluido en la reserva. Es obligada la expedición de factura correspondiente a las operaciones efectuadas, y de los pagos anticipados recibidos con anterioridad a la realización de las prestaciones de servicios, con el contenido de los artículos 6 y 7 del Reglamento por el que se establecen las obligaciones de facturación según se trate de facturas completas o simplificadas. Plazos. De conformidad con los artículos 11 y 18 del Reglamento de facturación, las facturas deberán ser expedidas y remitidas en el momento de realizarse la operación, o bien, si el destinatario de la operación sea un empresario o profesional, que actúe como tal, las facturas deberán expedirse antes del días 16 del mes siguiente a aquel en que se haya producido el devengo del impuesto correspondiente a la operación. La compañía aérea deberá respetar estos plazos, sin que pueda excederlos en el caso de que existan pagos anticipados y el último vuelo correspondiente a la citada reserva se efectúe fuera de los citados plazos.

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Consulta Vinculante V0834-25, de 16 de mayo de 2025 de la Subdirección General de Impuestos sobre el Consumo Dirección General de Tributos

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Supuestos de no sujeción. Servicios de defensa jurídica que en el ejercicio de la profesión de abogado y sujeto pasivo del IVA, el interesado se presta a sí mismo en relación, además, con una reclamación de honorarios profesionales de un asunto anterior. Por tratarse de una operación interna relativa a la actividad profesional del ejercicio independiente de la abogacía no tiene la consideración de autoconsumo de servicios a efectos de IVA.

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Consulta Vinculante V0897-25, de 26 de mayo de 2025 de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Dirección General de Tributos

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Rendimientos del trabajo. Alumno en prácticas no remuneradas. La prestación por incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales tributa en el impuesto y está sujeta a su sistema de retenciones a cuenta.

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Jurisprudencia

 

Resoluciones

 
TEAC, R, 17 Jul. 2025, Rec. 3697/2025

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Régimen especial para trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español del artículo 93 LIRPF. Tributación por el importe correspondiente a las rentas imputadas correspondientes al bien inmueble urbanoss sitos en territorio español con independencia de que constituyan o no su vivienda habitual, siempre que no estén afectos a actividades económicas.

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Sentencias

 
AN, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, S, 28 Jul. 2025, Rec. 636/2021

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES. Base imponible. Rendimientos del capital inmobiliario. Deducción de gastos necesarios para la obtención de ingresos derivados del arrendamiento de inmuebles por residentes de la UE. Solicitud de rectificación de autoliquidaciones del IRNR presentadas por una residente en EEUU. Se argumenta acertadamente, que esta limitación a residentes de la UE es contraria al principio de libre circulación de capitales del TFUE, siendo aplicable al caso examinado, la jurisprudencia del TJUE sobre la no discriminación de residentes de terceros estados. La rectificación de las autoliquidaciones será procedente siempre que el contribuyente acredite que los gastos controvertidos están relacionados directamente con los rendimientos obtenidos en España y que tienen un vínculo económico directo e indisociable con la actividad realizada en España de arrendamiento de inmuebles.

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TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, S 743/2025, 12 Jun. 2025, Rec. 6867/2022

SANCIONES TRIBUTARIAS. Exclusión de la culpabilidad. Por interpretación del artículo 179.2 d) LGT en relación con la exención prevista en el artículo 7.e) LIRPF, para las indemnizaciones por despido. Sujeto pasivo perceptor de renta que presenta su autoliquidación del IRPF calificando una renta como exenta al amparo del precepto indicado, siguiendo el certificado de la empresa pagadora. Interpretación razonable de la norma. De concurrir otras circunstancias concomitantes que puedan inducir a creer justificadamente que el pago está subsumido en la exención el contribuyente está poniendo la diligencia necesaria en el cumplimiento de la obligación tributaria que tiene de presentar autoliquidación del IRPF. ESTABLECE DOCTRINA.

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AN, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 4ª, S, 23 Jun. 2025, Rec. 80/2020

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Rendimientos del trabajo. Rentas irregulares. Existencia de dos compensaciones percibidas por privación de derechos consolidados de pensión que se produjeron en dos momentos distintos y que obedecieron a dos decisiones empresariales distintas no carentes de racionalidad y que dan lugar a dos compensaciones materialmente autónomas, aunque enmarcadas en una misma relación jurídica compleja. La consideración no unitaria de las dos percepciones determina que ambas cumplieran con el requisito de imputarse a un único ejercicio, mereciendo por ello el tratamiento de las rentas irregulares a que se refiere el art. 18.2 de la LIRPF, segundo inciso, en relación con el art. 11.1.e) del RLIRPF.

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TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 5ª, S 528/2025, 25 Jun. 2025, Rec. 2395/2022

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Confirmación de la liquidación practicada. Valoración por su valor de mercado de la operación vinculada entre la sociedad y el recurrente por la prestación de servicios profesionales. La mercantil se constituye mediante escritura pública, siendo su socio y administrador único el recurrente, no contando con ningún local afecto a la actividad, sino que la ejerce en diversos hospitales, disponiendo de tres instrumentistas y seis cirujanos, sólo uno de ellos con contrato laboral, disponiendo de maquinaria, varios vehículos y una casa. La sociedad no aporta ningún valor añadido a las prestaciones de servicios a las diferentes clínicas y hospitales, pues en todos los casos, son las características personales y profesionales del recurrente las que determinan la formalización de los respectivos contratos y la consiguiente obtención de ingresos, lo que determina la naturaleza personalísima de las prestaciones y el carácter accesorio de la sociedad. Aplicando el método del precio libre comparable, la Inspección valora según mercado la operación vinculada entere la mercantil y su socio, imputándole a este último las retribuciones correspondientes.

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