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Boletín Semanal
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Fiscal
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Compatibilidad de la Ley Antifraude con la Ley Crea y Crece
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Directrices para la tramitación de solicitudes de suspensión de actos impugnados y de relación entre AEAT-TEA
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Cambios en las declaraciones de retenciones por trabajo y operaciones con terceros (Proyecto de Orden)
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La autoliquidación rectificativa llega al Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero (Proyecto de Orden)
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Nuevos modelos 780 y 781 para la autoliquidación y el pago fraccionado del Impuesto a la banca (Proyecto de Orden)
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No constituye renta irregular el ingreso percibido por la cesión de derechos de autor de una novela para su adaptación al cine
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Es renta gravable en IRPF la compensación percibida por participar en programas de reseñas online recibiendo productos para su evalución como mero consumidor
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Para la aplicación del reformado plazo de inicio del procedimiento sancionador del artículo 209. 2 LGT rige la fecha de comisión de la infracción
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La doctrina del doble tiro impide terceros o sucesivos actos administrativos en sustitución de la segunda liquidación tributaria anulada
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La revisión de un tributo estatal cedido y asociado en una única liquidación con otro autonómico se reserva a los TEAs, del Estado
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Destacados
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Normativa
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Estatal
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R AEAT 24 Sep. 2025 (criterios de actuación en materia de suspensión de la ejecución de los actos impugnados mediante recursos y reclamaciones y de relación entre los Tribunales Económico-Administrativos y la AEAT) [BOE 6 de Octubre de 2025]
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Autonómica
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Decreto-Ley 19/2025, de 30 Sep. CA Catalyña (medidas extraordinarias en el ámbito del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente) [DOGC 2 de Octubre de 2025]
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Orden HAP/1280/2025, de 3 oct. CA Aragón (cierre del ejercicio presupuestario 2025 y la apertura del ejercicio 2026) [BOA 6 de Octubre de 2025]
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R Agencia Tributaria 30 Sep. 2025 CA Galicia (requisitos para admitir el pago de deudas cuya gestión recaudatoria tiene encomendada la Agencia, mediante domiciliación en cuentas en entidades de crédito no colaboradoras dentro de la zona SEPA) [DOG 6 de Octubre de 2025]
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Doctrina
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DGT
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Consulta Vinculante V1176-25, de 1 de julio de 2025 de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Dirección General de Tributos
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Base imponible. Calificación como rendimientos de actividades profesionales de un autor literario del ingreso excepcional que corresponde a la adaptación al cine de una novela suya publicada en 2010. La reducción del 30 por ciento (artículo 32.1 LIRPF) prevista para los rendimientos netos (de actividades económicas) con un período de generación superior a dos años, así como aquéllos que se califiquen reglamentariamente como obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, cuando se imputen en un único período impositivo no es aplicable al ingreso excepional indicado.
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Consulta Vinculante V1161-25, de 1 de julio de 2025 de la Subdirección General de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Dirección General de Tributos
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Hecho imponible. Ganancia patrimonial. Suscripción de un contrato mediante el cual la interesada se compromete a participar en un programa de reseñas organizado por una plataforma de ventas online, donde recibe productos para evaluarlos públicamente. Calificación como rentas en especie de la gratificación o compensación que se entregue a los participantes puesto que la opinión expresada sobre el producto no deriva de relación laboral alguna ni del ejercicio profesional o empresarial de una actividad sino que la reseña se realiza como mero consumidor.
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Jurisprudencia
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Resoluciones
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TEAC, R, 17 Jul. 2025, Rec. 8813/2024
NSPECCIÓN FINANCIERA Y TRIBUTARIA. Iniciación y desarrollo de actuaciones inspectoras. Incumplimiento del plazo máximo legalmente establecido para la duración de las actuaciones inspectoras seguidas, en este caso, en cuanto al IS de los ejercicios 2014, 2015 y 2016. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Regularización del ejercicio 2016, único no prescrito. Ocultación de ingresos de la actividad agrícola mediante el ejercicio simulado de una actividad económica por los socios de la entidad con la única finalidad de eludir la verdadera carga impositiva. INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS. Procedimiento sancionador. Nulidad del acuerdo sancionador iniciado una vez superado el plazo máximo de tres meses previsto en la redacción del art. 209 de la LGT vigente al tiempo de cometerse la infracción.
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Sentencias
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TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, S 1201/2025, 29 Sep. 2025, Rec. 4123/2023
PROCEDIMIENTO ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO. Actuaciones procedimentales. Defectos e invalidez. Examen de la doctrina del doble tiro que impide terceros o sucesivos actos administrativos en sustitución de la segunda liquidación tributaria anulada. La Administración puede dictar actos administrativos en sustitución de otros previamente anulados, por razones de forma o de fondo, pero dentro de los límites legales y jurisprudenciales a los que se somete dicha posibilidad. Sin embargo, en virtud de los principios de buena administración y buena fe, una vez dictado el segundo acto, por el que se ejecuta, da cumplimiento o se trata de subsanar una infracción preexistente, no cabe, aun en caso de nueva infracción, dictar una tercera y, menos aún, ulteriores liquidaciones, pues resulta inadmisible conceder a la Administración una oportunidad indefinida de repetir actos administrativos de gravamen hasta que, al fin, acierte, en perjuicio de los ciudadanos. ESTABLECE DOCTRINA.
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TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, S 1036/2025, 17 Jul. 2025, Rec. 1579/2023
TRIBUTOS CEDIDOS. TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS. Tasas. Por prestación de servicios servicios portuarios. Impugnación de la liquidación por tasa autonómica portuaria, T-5 y de la exacción del IVA. Examina inicialmente cuestiones relacionadas con la propia naturaleza de la T-5 y el órgano que giró la tasa, así como a su conexión con el IVA. Inadmisión del recurso contencioso-administrativo. Por falta de agotamiento de la vía Administrativa previa. Cuando está en tela de juicio la aplicación y régimen jurídico de un tributo estatal cedido a una Comunidad Autónoma, asociado o relacionado a través de una única liquidación con otro autonómico, la competencia para su revisión le está reservada a los TEAs, única vía administrativa previa y obligatoria para que el acto tributario adquiera estado en vía administrativa. Resultando necesario para discutir el tributo estatal con plenitud jurisdiccional, el someter la cuestión, previamente, a la vía económico-administrativa de los TEAs del Estado, y no a los órganos autonómicos, procede la retroacción de actuaciones para su examen por el TEAC. ESTABLECE DOCTRINA.
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TSJ Andalucía de Granada, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, S 2546/2025, 6 Jun. 2025, Rec. 730/2021
IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES. Confirmación de la liquidación girada. La caducidad invocada del procedimiento de tasación pericial contradictoria no se produce, ya que la superación del plazo no obedece a causa imputable a la Administración, sino a la existencia de una reclamación económico-administrativa interpuesta por la interesada. La tasación pericial finalizó con la entrega del informe del tercer perito el 15 sep. 2017, dentro del plazo legal. No se aprecia caducidad del procedimiento principal ni irregularidad en la actuación administrativa. Inexistencia de desviación procesal.
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AN, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, S, 10 Jul. 2025, Rec. 155/2024
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Rectificación de autoliquidación. En el caso, la aplicación a la tributación concreta de la entidad recurrente de la anulación del Real Decreto Ley 3/2016 llevada a cabo por la sentencia del Tribunal Constitucional, por parte de esta sentencia, obliga a reconfigurar la tributación en los aspectos que hayan resultado afectados, que deberán ser sustituidos por otros resultantes de la norma jurídica previa a la modificación de esta por el Real Decreto Ley anulado. Y siendo esto así, la demanda ha sostenido que la pretensión abarca a la rectificación de las autoliquidaciones, en la forma y cuantía dicha. Lo expuesto lleva a estimar el recurso.
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TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, S 1147/2025, 17 Sep. 2025, Rec. 259/2024
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Comprobación de valores. Mala praxis pericial derivada de una metodología de valoración inadecuada. Exigibilidad de una inspección «ocular» individualizada del interior y exterior del inmueble. La realización de visita exterior, confirmada por la práctica de algunas fotografías sin mayor explicación, no es suficiente para enervar la necesidad de la visita interior del inmueble, debiendo el perito explicar y motivar en su informe las razones que, en su caso, puedan justificar su imposibilidad o innecesaridad. REITERA DOCTRINA STS 813/2025, de 24 Jun.
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